Este marco tiene como finalidad mostrar la norma que defiende y nos ayuda a sustentar el proyecto “El tiempo libre”, se apoya a partir de leyes, decretos, artículos, resoluciones. Las normas que defienden y sustentan el proyecto de investigación son las siguientes:
Constitución Política de Colombia. (1991). Art. 44. Asamblea Nacional Constituyente de Colombia. Publicado en Diario Oficial No. 114.328.
Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión.
Oportunidades: Se tuvo la oportunidad de aplicar esta normativa en cada momento de las intervenciones, ya que se realizaron actividades recreativas, cuidamos de su integridad física y nos preocupamos por su salud y seguridad.
Constitución Política de Colombia. (1991). Art. 52. Asamblea Nacional Constituyente de Colombia. Publicado en Diario Oficial No. 114.328.
El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas, tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano. El deporte y la recreación, forman parte de la educación y constituyen gasto público social.
Avances: Esta norma nos permite enseñar a los estudiantes la importancia de entornos recreativos y competitivos para su desarrollo personal, físico y mental, lo cual es muy esencial para potenciar sus inteligencias múltiples y desarrollo cognitivo.
Constitución Política de Colombia. (1991). Art. 31. Asamblea Nacional Constituyente de Colombia. Publicado en Diario Oficial No. 114.328.
Los Estados Partes respetarán y promoverán el derecho del niño a participar plenamente en la vida cultural y artística y propiciarán oportunidades apropiadas, en condiciones de igualdad, de participar en la vida cultural, artística, recreativa y de esparcimiento.
Avances: En el análisis institucional de las prácticas artísticas en el Colegio Sorrento, se identifican limitaciones en la promoción y el acceso regular de los estudiantes en actividades artísticas. Esto limita el desarrollo artístico como un componente recreativo constante y accesible para todos los estudiantes. Durante las intervenciones que realizamos, se buscó contrarrestar esta situación al facilitar actividades donde los estudiantes pudieran explorar su creatividad y desarrollar habilidades artísticas. Entre las actividades ofrecidas, se incluyeron talleres de origami, ejercicios de arte abstracto y espacios para la creación de dibujos libres, adaptados a las preferencias individuales de cada estudiante.
Ley del deporte, Ley 181 (1995):
El fomento, la masificación, la divulgación, la planificación, la coordinación, la ejecución y el asesoramiento de la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre y la promoción de la educación extraescolar de la niñez y la juventud en todos los niveles y estamentos sociales del país, en desarrollo del derecho de todas personas a ejercitar el libre acceso a una formación física y espiritual adecuadas.
Obstáculos: Con esta normativa se tuvo el obstáculo fuera de la institución ya que no sabíamos con exactitud si las actividades planteadas eran realizadas. Para esto se realizaron espacios de socialización donde los chicos contestaron de manera consciente ya que no era una obligación realizar las actividades propuestas en el proyecto; nos alegró mucho saber que los chicos dedicaron cierta parte de su tiempo libre a realizar estas actividades y aplicar lo aprendido en su vida cotidiana.
Ley 115, art 5 (1994):
Fines de la educación. De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines: a formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la prevención integral. De problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación, el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre.
Dificultades: En esta normativa la dificultad presentada es el enfoque que le dan a la tecnología los estudiantes y no les dan tanta importancia a estas actividades fuera del colegio. En los espacios de socialización los estudiantes nos comentaban que un gran obstáculo era la tecnología que los distraía tanto dentro como fuera de la institución para realizar estas actividades.
La pirámide de Kelsen nos permite tener una estructura para colocar cada norma planteada, además la ayuda visual permite entenderla con más claridad.
Decreto 1860 (1994):
Menciona la importancia de incluir actividades recreativas y culturales en el currículo escolar, como parte del aprovechamiento del tiempo libre.
Ruptura: En la institución no se centran en potenciar las habilidades e inteligencias múltiples de los estudiantes, sino en actividades escolares monótonas que no les permite a los chicos centrarse en lo que les gusta. En cambio, el método realizado en el proyecto para promover este decreto es la realización de actividades como juego, pintura o arte, en las cuales los estudiantes escogen sus preferencias y así potenciamos sus inteligencias múltiples y desarrollo cognitivo a través de la actividad escogida.
Manual de Convivencia, art 67: Planear, ejecutar y evaluar el plan anual de actividades de la biblioteca, promoviendo la lectura y la utilización de los servicios de la misma por parte de todos los integrantes de la Comunidad Educativa.
Al tener un artículo en el manual de convivencia que promueva el hábito lector en los estudiantes, nos permite tener la oportunidad de promoverla no solo en la biblioteca, sino también en momentos de tiempo libre en clases o descansos. Los estudiantes no asisten a la biblioteca, ya que cada estudiante trae el libro de su agrado y lo leen en tiempos libres de sus clases, descansos u horarios libres.
En conclusión, existen ciertas dificultades para la realización de estas actividades, como puede ser la monotonía de los profesores y falta de dinamismo en las clases, y/o la tecnología que distrae a estos chicos. Sin embargo, lo que permite que los estudiantes puedan interesarse más por las actividades y su realización es la autonomía con la cual pueden hacerlas, no es una obligación ni tampoco una tarea, sino un ejercicio de iniciativa de ellos mismos.